D Enrique Campos Fenoll, concejal
de Ciudadanos, Partido de la Ciudadanía C ’s
CIF V98753304, del Ayuntamiento de Torrent, presenta al Pleno del Ayuntamiento la
presente MOCIÓN para su debate y aprobación, si procede, de acuerdo con la
siguiente
EXPOSICIÓN
DE MOTIVOS
El art.49.4 establece que la
competencia exclusiva en materia de asistencia social pertenece a la Generalitat Valenciana.
No obstante a su vez el Art 26.1 letra c) establece que “en todo caso, los
municipios con población superior a 20.000 habitantes deberán prestar servicios
sociales” Es por ello reforzar si cabe aún más, las ayudas a personas con
discapacidad que por motivos ajenos, las familias han de adaptar sus viviendas
a personas con Discapacidad. Dichas viviendas carecen de estos accesos que bien
con pequeñas reformas se pueden dar salida a sus problemas del día a día. A
nivel Comunidad de Vecinos es preciso facilitar las entradas a las viviendas
con rampas para salvar desniveles como la escalera o incluso dotar a la
comunidad de un ascensor si su estructura lo permite. Ya dentro de la vivienda
se complica todavía un poco más, con gestos como puertas con anchos que no
permiten el paso de una silla de ruedas o Wc´s que carecen de espacio o de un
plato de ducha donde poder asearse, ya que las bañeras no son recomendables
para las personas con discapacidad, ect. Es por ello que solicitamos una
dotación presupuestaria para que con ayudas a la reforma, estas personas puedan
adaptarse a su Comunidad de Vecinos o su vivienda a su uso diario para
facilitar su calidad de vida. Sabemos de la existencia de ayudas por parte de la Consellería , pero
desde un Ayuntamiento puede mejorar si aún cabe más el cambio arquitectónico
acogiéndonos a la Art
1 de la ley 1/1998 del 5 de Mayo, instando al ayuntamiento a que participe con
la actual subvención de la consellería.
ACUERDO
- El Ayuntamiento de Torrent dote una partida
presupuestaria 2016 para ayuda destinada a la eliminación de barreras arquitectónicas
en la vivienda y la adaptación funcional del hogar.
- Que los técnicos determinen como han de
destinarse las ayudas, en dichos conceptos.
- Que el Ayuntamiento de Torrent mediante sus
Técnicos determinen como se ha de aplicar las Ayudas dinerarias.
Dichas partidas
pueden destinarse en ayudas para reformas de adaptación de viviendas (Wc
adaptados, Puertas de accesos más anchas, eliminación de desniveles, etc.) y en
la Comunidad
de Vecinos para rampas o ascensores a personas con Discapacidad.
En Torrent, 14 de
Enero de 2016
Enrique Campos Fenoll
Concejal C’s
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